Será obligatorio:
1. El uso de cinturones de seguridad y cabezales en los asientos de los automotores para todos los ocupantes.
2. En las motocicletas, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos motorizados, los conductores y acompañantes deberán usar cascos y en su caso, antiparras.
Está prohibido:
1. Utilizar durante la conducción de un vehículo, auriculares y/o sistemas de comunicación telefónica manual. Para hacerlo deberán detener el vehículo.
2. Llevar animales en el asiento delantero, éstos deberán ser transportados en el asiento trasero y atados con correas de modo tal que no puedan saltar al asiento delantero.
3. Estacionar y/o detenerse en puentes y túneles por cuestiones de seguridad.
4. Aumentar la velocidad cuando otro vehículo ha iniciado la maniobra de adelantamiento, ya que constituye una infracción grave contra la seguridad de las personas. |