En las autopistas y semiautopistas, además de lo establecido para las vías multicarriles, rigen las siguientes reglas
1. No pueden circular peatones, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos motorizados, bicicletas, maquinaria especial o todo vehículo que desarrolle velocidades inferiores a cincuenta (50) kilómetros por hora.
2. Los vehículos que sufran desperfectos mecánicos tendrán como prioridad advertir, con balizas, la circunstancia a los demás conductores, procurando desplazar su vehículo fuera de la calzada; ambas acciones deben realizarse en resguardo de su propia integridad y la de los demás.
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